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Test sobre las Leyes Orgánicas 1/2004 y 3/2007

Test sobre políticas de igualdad de género

A continuación te mostramos una batería de preguntas relacionadas con políticas de igualdad de género.

¡Puedes hacerlo tantas veces quieras! Cuanto más practiques... más posibilidades tendrás de aprobar tus oposiciones. ¡Suerte!

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Comentarios (8)

La respuesta de la pregunta 4 es incompatible con la realidad puesto que si una persona está cobrando la pensión de viudedad no puede cometer un delito contra la persona causante de la prestación y mucho menos reconciliarse con ella.

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Buenos días Laura, entiendo que es una pregunta complicada, pero la interpretación de la misma no es en el sentido que tú lo has hecho.
No es que una persona que cobra la pensión de viudedad pueda matar a la persona causante de dicho derecho (ya que dicha persona causante estaría previamente muerta), sino que lo que la legislación trata de evitar es que si alguien comete un homicidio contra su pareja, pueda después cobrar la pensión de viudedad por ello.
Te recomiendo que eches un vistazo a la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Muchas gracias por tu comentario y por visitar nuestra web!

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Lo haré, muchas gracias y enhorabuena por el material, es un lujo para nosotros !!!

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Muchas gracias por el comentario!! Es un placer poder ayudaros!

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Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tienen jurisdicción en el ámbito territorial de su… RESPECTIVO PARTIDO????
ES CORRECTO?
No lo entiendo…
Gracias.

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Artículo 48.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

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La respuesta a la pregunta cuarta, aunque aparezca tal cual en la ley, a mí me parece que es incongruente e incompatible con la vida. Me gustaría que alguien me explicara cómo un agresor se puede reconciliar con su víctima, a la que él ha matado, y ella es la que causa la pensión de viudedad. No puedo entender que una persona muerta se reconcilie con su agresor después de muerta y así él pueda recibir la pensión de viudedad. O está mal la Disposición primera de la ley y también su corrección en la Disposición 30 de la ley 40 o a mí se me escapa algo y no lo veo. Necesito que alguien me ayude a entenderlo.

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Hola Gema, lo siento mucho pero el análisis de esa cuestión no es nuestro cometido.

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